Domingo, 3 de Noviembre de 2024

     

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Circular Externa No 2 de 16 de agosto de 2013

Para     : Entidades del Estado
Asunto : Elaboración y publicación del Plan Anual de Adquisiciones - Clasificador de Bienes y Servicios

La Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente- en cumplimiento de su objetivo como ente rector del sistema de compras y contratación pública, y en atención a lo señalado en el Decreto 1510 de 2013, establece en relación con el Plan Anual de Adquisiciones (i) los lineamientos para su elaboración; (ii) el formato para su elaboración; (iii) la forma en que las Entidades Estatales deben publicarlo en su página web y en el SECOP; y (iv) la forma y oportunidad en que las Entidades Estatales deben actualizarlo.

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Circular No 3 de 16 de agosto de 2013 

Para     : Entidades del Estado
Asunto : Aplicación Ley de Garantías Electorales

La Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente- en cumplimiento de su objetivo como ente rector del sistema de compras y contratación pública, establece a continuación las pautas para cumplir las restricciones a la contratación pública establecidas en la Ley 996 de 2005 (en adelante "Ley de Garantías").

1. Restricción durante la campaña electoral para elegir Presidente y Vicepresidente.

El artículo 33 de la Ley de Garantías establece la prohibición de contratación directa durante los cuatro (4) meses anteriores a la elección presidencial y hasta la fecha en la cual el Presidente de la República sea elegido. El artículo consagra excepciones para los contratos relativos a la defensa y seguridad del Estado, crédito público y los requeridos para atender emergencias y para la reconstrucción de infraestructura afectada por acciones terroristas, desastres naturales o eventos de fuerza mayor. Esta prohibición cobija a todos los entes del Estado, sin importar su régimen jurídico, forma de organización o naturaleza, pertenencia a una u otra rama del poder público o su autonomía

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