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En cumplimiento a lineamientos
De Gobierno Digital
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Transparencia y Acceso a la Información Pública
PARA : Directores Locales de Salud, Gerentes de las ESE de los Municipios de: Nariño, Leiva, Cumbitara, El Rosario, Linares, Policarpa, Ancuya, Albán, Funes, El Tablón, El Peñol, Consacá, Sandoná, El Tambo, Buesao, Chachaguí, Yacuanquer, La Florida y Tangua
DE : Dirección - Oficina Asesora de PLaneación
ASUNTO: Taller de Referencia y Contrarreferencia Nodo Centro
FECHA : 16 de Marzo de 2018
PARA : Alcaldes, Directores Locales de Salud, Gerentes de ESE
DE : Dirección
ASUNTO: Plan Bienal de Inversiones en Salud 2018-2019 ajuste 1
FECHA : 18 de julio de 2018
PARA : Alcaldes, Directores Locales de Salud, Gerentes de ESE
DE : Dirección
ASUNTO: Plan Bienal de Inversiones en Salud 2018 - 2019. Seguimiento
FECHA : 08 de Julio de 2019
PARA : Alcaldes, Directores Locales de Salud, Gerentes de ESE
DE : Dirección
ASUNTO: Plan Bienal de Inversiones en Salud 2020-2021. Ajuste 1.
FECHA : 15 de agosto de 2020
OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN
PLAN DE ADQUISICIONES VIGENCIA 2021
OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN
PLAN DE ADQUISICIONES VIGENCIA 2018
Circular Externa No 2 de 16 de agosto de 2013
Para : Entidades del Estado
Asunto : Elaboración y publicación del Plan Anual de Adquisiciones - Clasificador de Bienes y Servicios
La Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente- en cumplimiento de su objetivo como ente rector del sistema de compras y contratación pública, y en atención a lo señalado en el Decreto 1510 de 2013, establece en relación con el Plan Anual de Adquisiciones (i) los lineamientos para su elaboración; (ii) el formato para su elaboración; (iii) la forma en que las Entidades Estatales deben publicarlo en su página web y en el SECOP; y (iv) la forma y oportunidad en que las Entidades Estatales deben actualizarlo.
Descargar Circular Externa No. 2 de 16 de agosto de 2013
Circular No 3 de 16 de agosto de 2013
Para : Entidades del Estado
Asunto : Aplicación Ley de Garantías Electorales
La Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente- en cumplimiento de su objetivo como ente rector del sistema de compras y contratación pública, establece a continuación las pautas para cumplir las restricciones a la contratación pública establecidas en la Ley 996 de 2005 (en adelante "Ley de Garantías").
1. Restricción durante la campaña electoral para elegir Presidente y Vicepresidente.
El artículo 33 de la Ley de Garantías establece la prohibición de contratación directa durante los cuatro (4) meses anteriores a la elección presidencial y hasta la fecha en la cual el Presidente de la República sea elegido. El artículo consagra excepciones para los contratos relativos a la defensa y seguridad del Estado, crédito público y los requeridos para atender emergencias y para la reconstrucción de infraestructura afectada por acciones terroristas, desastres naturales o eventos de fuerza mayor. Esta prohibición cobija a todos los entes del Estado, sin importar su régimen jurídico, forma de organización o naturaleza, pertenencia a una u otra rama del poder público o su autonomía