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Transparencia y Acceso a la Información Pública
El Conflicto de Intereses, establecido en el ordenamiento jurídico colombiano, hace relación a la conducta que debe asumir el servidor público, cuando se confronta los intereses generales e intereses particulares. La función administrativa está al servicio de los intereses generales, pero cuando una función decisoria de un servidor público lo beneficia a él mismo, o su cónyuge, compañero, o sus parientes en los grados que disponga la Constitución o la ley, debe manifestar su impedimento, en aras de los principios de la transparencia e imparcialidad que rige justamente, entro otros la función pública. La función administrativa está para el servicio de los demás, no para el beneficio individual o familiar.